Un programa de parte de horas no solo registra los días trabajados, los permisos y las horas extra del personal: también relaciona estos datos con la cuenta del empleado, el coste del proyecto y los informes. Al elegir un programa, no pregunte solo «¿tiene un calendario?», sino también cómo fluyen esos registros hacia el resto de la empresa.
¿Qué debe tener un buen programa de parte de horas?
Registrar en un solo flujo a varios empleados en la misma fecha y proyecto.
Día completo, medio día, día doble, día y medio; distinción entre permiso y día libre.
Seguimiento de las horas extra por horas, separado del registro de trabajo normal.
Ver a qué coste de trabajo se destina la labor del empleado.
Seguimiento de certificaciones, pagos, anticipos e ingresos adicionales en la misma cuenta del empleado.
Obtener un informe en PDF o Excel según el rango de fechas.
¿Qué se gana al pasar de Excel a un programa?
Excel es un punto de partida flexible y rápido; pero cuando se multiplican los archivos, hay que actualizar la misma información de empleado o proyecto en varios sitios a la vez. Un sistema digital de parte de horas vincula el registro directamente al flujo de empleados y proyectos, reduciendo la necesidad de copiar y pegar. Con acceso móvil, el equipo de campo también puede introducir datos actualizados sin esperar a volver a la oficina.
7 preguntas que hacer al elegir un programa
- ¿Permite el registro masivo de parte de horas y la corrección retroactiva?
- ¿Se pueden llevar por separado el día completo, medio día, día doble, día y medio y las horas extra?
- ¿El parte de horas del personal se vincula al coste del proyecto?
- ¿El empleado puede ver su propio registro o introducirlo si se le concede permiso?
- ¿Los pagos, anticipos e ingresos adicionales se registran en la cuenta del empleado?
- ¿Se pueden obtener informes en PDF y Excel?
- ¿El uso web, de escritorio y móvil se conecta a los mismos datos?
Esta guía es una lista de verificación para la selección de software. Para una evaluación exacta sobre la nómina o las obligaciones de notificación oficial, consulte a su asesor fiscal.
